05 ABR

Cubierta Solar celebra la aprobación que permite compensar los excedentes en instalaciones de autoconsumo fotovoltaico

El Gobierno central ha aprobado hoy un nuevo real decreto que aclara cuestiones concretas que estaban pendientes de desarrollar normativamente para el despegue del sector de las energías renovables en los ámbitos domésticos y comunitarios. Una de las cuestiones más relevantes que recoge es aquella que especifica las condiciones para los autoconsumidores con exceso de producción y, por lo tanto, el vertido a la red.

En concreto, recoge las exigencias para estos casos. Según el Real Decreto, hay dos modalidades para los autoconsumidores con excedentes. Una modalidad definida como ‘a’ para aquellos casos con potencias inferiores a los 100KW y de origen renovable. Y una otra modalidad definida como ‘b’, que recoge al resto de casos que no son sometidos por el modelo ‘a’. Para este modelo ‘a’, se establece una modalidad de compensación simplificada, que exige menos burocracia.

Este reglamento también recoge los sistemas de compensación que, como principios generales, se entiende que la energía nunca podría tomar valores negativos, todo siempre desde un punto de vista mensual.  Además, en caso de tener acuerdo con una comercializadora libre, la energía será valorada según el acuerdo entre las partes. En caso de que sea una comercializadora, se establecerá un precio de la energía según el mercado, menos los costes.

“Este decreto es el paso que faltaba para que España se pueda convertir en un país puntero en el uso de energías renovables y autoconsumo. Esta norma, tan esperada, hará que sectores que actualmente no salían tan beneficiados con el autoconsumo lo hagan, generando, espero, una nueva corriente de concienciación en el aprovechamiento de un recurso tan inagotable en este país como es el sol”, ha comentado Luis Navarro, gerente de Cubierta Solar.

Esta nueva norma beneficiará al sector doméstico y residencial, pequeñas industrias y talleres, empresas como concesionarios de coches, oficinas, restaurantes, hoteles, comercios… “El 85% de los españoles sale favorecido con este cambio normativo, puesto que el precio del kw en una instalación fotovoltaica es de 0’02 €, mientras que en el uso residencial en la red es de 0’15 € y en industrial de 0’10€, lo que supone un ahorro aproximadamente del 80% del kw/h”, ha continuado Navarro.

“La pequeña industria, talleres, comercios que no consumen las 24 horas se beneficiarán al poder compensar sus excedentes, de forma que la instalación se amortizará en 4 o 5 años, cuando antes era de 7 a 9 años. En el ámbito residencial, debido a la estructura en nuestro país, de vivir en bloques verticales, el autoconsumo compartido logra que con una sola instalación se puedan beneficiar muchas familias y que al compensarse los excedentes, el consumo nocturno les salga mucho más rentable por la energía generada durante el día”, ha finalizado Luis Navarro, de Cubierta Solar.

El reglamento también explica las condiciones para considerar una ‘instalación próxima’ y especifica el requisito de los 500 metros. En concreto, se refiere a instalaciones conectadas en baja tensión a una distancia inferior a los 500 metros, que se establece por la caída de la tensión que supone evacuar en baja tensión una potencia de entre 50 y kW. Además, se exige que estén conectadas a la red interior de los consumidores asociados o estén unidas a éstos a través de líneas directas; y que estén ubicados en una misma referencia catastral.

También establece plazos de remisión de los contratos de acceso por parte de las Comunidades Autónomas y las distribuidoras que debe ser inferior a los 10 días; mientras que, para las distribuidoras, a las comercializadoras y los consumidores en 5 días. Se establece un plazo por el cual la distribuidora debe comunicar a la comercializadora en 5 días de la modalidad de autoconsumo escogido.

El Real Decreto Ley 15/2018, del pasado 5 de octubre, eliminó la polémica decisión de establecer el denominado ‘impuesto al Sol’. Este Real Decreto Ley decía taxativamente que “la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes.”, además de introducir la posibilidad de lograr un balance neto a través de la compensación de la energía excedentaria de los autoconsumidores.

La decisión normativa, aprobada el pasado mes de octubre, también incluía como beneficiarios de los sistemas de autoconsumo a las comunidades de vecinos, además de suprimir el obligatorio registro como productores de energía.

 

 

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